“El Bienestar Animal”

Tema elegido para la celebración del Día Mundial Veterinario 2014

El pasado sábado 26 de mayo, la profesión veterinaria celebró el Día Mundial Veterinario. Este día fue establecido por iniciativa de la Asociación Mundial Veterinaria (AMV) en el 2000, para que se celebre cada año, el último sábado del mes de abril.

Para este año 2014 el tema elegido ha sido El Bienestar Animal, debido al reciente interés y preocupación de la sociedad respecto al modo como se utilizan y son tratados los animales.

De esta manera se ha querido resaltar la función que cumplen los veterinarios conforme a las normas de la OIE y la gran contribución de la profesión veterinaria para los animales y la sociedad entera.

La profesión veterinaria ocupa una posición única entre el hombre y el animal para suministrar servicios de bienestar animal (incluida la sanidad de estos) en beneficio de todos los animales y de la sociedad.

Normativa sobre Bienestar Animal

Las Administraciones, conscientes de que los aspectos relacionados con el bienestar animal están cobrando cada día más importancia en la sociedad, ha desarrollado una regulación completa al respecto. Así, han regulado la protección de los animales tanto en su estancia en granjas, durante su  transporte, así como en el momento de su matanza, sin olvidar la protección de aquellos utilizados en experimentación y otros fines científicos.

En el transporte
El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) reconoce que los animales son seres sensibles y establece que se han de tener plenamente en cuenta las exigencias de bienestar animal.

La Unión Europea, en consecuencia, ha regulado mediante el Reglamento (CE) 1/2005, de 22 de diciembre de 2004, los requisitos de bienestar animal que han de cumplirse cuando se transportan animales en relación con una actividad económica. En España, este reglamento, se complementa a través del Real Decreto 751/2006, de 16 de junio, sobre autorización y registro de transportistas y medios de transporte de animales vivos, y a través de las normas autonómicas.

Esta normativa establece, por ejemplo, los requisitos que han de reunir los vehículos, las obligaciones que han de cumplir los organizadores, los transportistas, los conductores y los cuidadores, así como los requisitos de densidad, de duración del viaje, etc.

En la matanza
El momento de su matanza es uno de puntos más críticos desde el punto de vista del bienestar animal, y el que más preocupa a los consumidores. Por ello la normativa que debe cumplirse en estas operaciones es muy detallada, con el objetivo de que a los animales se les evite todo el sufrimiento evitable en el momento final de su vida.

La normativa sobre matanza regula algunos aspectos que son comunes tanto a la matanza con fines de consumo humano (sacrificio) como al resto (matanza de animales de peletería, de pollitos hasta 72h de vida, vaciados sanitarios). Estos aspectos horizontales están incluidos en Real Decreto 37/2014, de 24 de enero, por el que se regulan aspectos relativos a la protección de los animales en el momento de la matanza.

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