Las reses bravas, eje sobre el que giran los espectáculos taurinos son objeto de especial y minucioso tratamiento por parte de los legisladores españoles, quienes pretenden articular las medidas precisas para asegurar la integridad del toro, su sanidad, su bravura y la intangibilidad de sus defensas. Con este fin prevén, la práctica de reconocimientos y análisis que lleguen a determinar con absoluto rigor científico y con total objetividad, las posibles manipulaciones fraudulentas de las reses. En este sentido, la legislación vigente otorga la posibilidad de que los ganaderos y empresarios puedan designar un veterinario para asistir a los reconocimientos previos y post mortem de las reses a lidiar, a fin de garantizar el principio de contradicción que debe presidir estas operaciones.
Normativa Reguladora Espectáculos Taurinos:
Resolución de 14/02/2024, de la Delegación Provincial de Hacienda, Administraciones Públicas y transformación Digital de Albacete, por la que se designa a los veterinarios que han de realizar los reconocimientos reglamentarios en los diversos espectáculos taurinos a celebrar en esta provincia durante la temporada 2024.
Decreto 60/2016, de 11/10/2016, por el que se modifica el Decreto 38/2013, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Festejos Taurinos Populares de Castilla-La Mancha. (DOCM Núm. 205 de 20 de octubre de 2016).
Espectáculos taurinos de Castilla-La Mancha:
Decreto 73/2014, de 01/08/2014, por el que se modifica el Reglamento de los festejos taurinos populares de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto 38/2013, de 11 de julio. (DOCM Nº 148, de 4 de agosto de 2014. Pag. 21.389).
Orden de 7 de mayo de 1992, por la que se determinan el material necesario para la realización del reconocimiento “post mortem” de las reses de lidia y se designan los laboratorios encargados de los correspondientes análisis y estudios (BOE Nº 113, de 11 de mayo de 1992).
Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos (BOE Nº 54, del 2 de marzo de 1996. Pág. 8401).
Decreto 87/1997, de 28-07-98, por el que se aprueba el Reglamento de los Espectáculos Taurinos Populares que se celebran en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM Nº 34, de 31 de julio de 1998. Pág. 5720).
Orden de 7 de julio de 1997 por la que se determinan el procedimiento y el material necesario para la toma de muestras biológicas de las reses de lidia y los caballos de picar en los espectáculos taurinos (BOE Nº 169, del 16 de julio de 1997. Pág. 21857).
Real Decreto 2283/1998, de de 23 de octubre, por el que se modifica el artículo 58 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero (BOE Nº 265, del 5 de noviembre de 1998. Pág. 36069).
Orden de 10 de agosto de 1998, por la que se regula la permanencia de personas en los callejones de las plazas de toros
(DOCM Nº 37, del 14 agosto 1998).
Decreto 154/1999, de 29 de julio, por el que se modifica el reglamento de espectáculos taurinos populares que se celebran en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM Nº51, del 30 julio de 1999).
Decreto 119/2000, de 4 de julio de 2000, de los veterinarios colaboradores para la inspección de las carnes de reses de lidia (DOCM Nº66, del 7 de julio de 2000. Pág. 6621)
Real Decreto 1034/2001, de 21 de septiembre, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero (BOE Nº 240, del 6 de octubre de 2001. Pág. 37005).
Real Decreto 260/2002, de 8 de marzo, por el que se fijan las condiciones sanitarias aplicables a la producción y comercialización de carnes de reses de lidia (BOE Nº 64, del 15 de marzo de 2002. Pág. 1824).
Resolución de 19-06-2006, de la Dirección General de Protección Ciudadana, por la que se dispone la apertura del período de información pública del proyecto de Decreto de modificación parcial del Reglamenteo de los Espectáculos Taurinos Populares que se celebran en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM Nº 128, del 22 de junio de 2006. Pág. 13803)
Orden PRE/1431/2009, de 29 de mayo, por la que se modifica el anexo II del RD 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el programa integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales (BOE Nº 134, del 3 de junio de 2009. Sec. I. Pág. 46525).
Real Decreto 186/2011, de 18 de febrero, por el que se regula la calificación sanitaria de las ganaderías y explotaciones de reses de lídia y el movimiento de los animales pertenecientes a las mismas (BOE Nº 64, del 16 de marzo de 2011. Sec. I. Pág. 28934).